Cómo acceder al reintegro del 15% por pagar con tarjeta de débito
El reintegro alcanza a todos los productos de alimentos que se comercialicen en locales de venta por menor y/o mayor en mini, super e hipermercados, kioscos y almacenes que se encuentren inscriptos ante la AFIP, así como los productos de farmacia, siempre que se trate de venta al por menor de productos farmacéuticos y de herboristería, productos cosméticos, de tocador y de perfumería.
El reintegro se realiza cuando las compras son abonadas con la tarjeta de débito donde la persona percibe la asignación, pensión o jubilación, pero también se incluyen cuando los pagos se hacen a través de códigos QR.El monto a reintegrar se acreditará dentro de las 24 y 48 horas hábiles posteriores a efectuada la compra en la cuenta donde la persona percibe la asignación, pensión o jubilación, según el horario en que se haya realizado, con la tarjeta de débito donde la persona cobra la asignación, pensión o jubilación.
De esta forma, las compras por hasta $8.000 al mes en cualquiera de estos rubros recibirán un reintegro de $1.200, mientras que las compras por hasta $16.000 al mes recibirán un reintegro de $2.400 para los casos de jubilados que reciban hasta una pensión mínima.
También pueden acceder al beneficio del reintegro los titulares de la Asignación Universales por Hijo (AUH), las titulares Asignaciones por embarazo para protección social, las personas que perciben una pensión por fallecimiento que no exceda la mínima y las personas que perciben pensiones no contributivas nacionales que no excedan la mínima.
Los reintegros correspondientes a los consumos alcanzados por el beneficio figuran en el resumen de cuenta de la tarjeta de débito con la leyenda "Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541".
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