Planes baratos de celular e internet para jubilados, monotributistas y AUH: cómo acceder
Beneficiarios de ANSES, monotributistas y beneficiarios de otras prestaciones sociales tienen la posibilidad de acceder a planes de telefonía móvil con Internet desde $18 por día y hasta $200 por mes. Además, se dispusieron ofertas para telefonía fija a $380 por mes e internet fijo desde $800. Se trata de Prestación Básica Universal impulsada por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom). El objetivo es ofrecer acceso a la conectividad, a precios "al alcance de todos".Internet fijo
A prestadores con más de 50 mil clientes:
- 10 Mbps a $800 pesos mensuales en el AMBA.
- 5 Mbps al mismo costo en el resto del país.
Prestadores con entre 2 mil y 50 mil clientes:
- 5 Mbps a $800 pesos mensuales.
- El acceso a un plan con 30 por ciento de descuento.
Prestadores con menos de 2 mil clientes:
- 2 Mbps a $685 por mes.
¿Cómo solicitar el servicio de Internet y telefonía barata?
Los beneficiarios y beneficiarias alcanzados por la medida podrán acceder directamente a la PBU haciendo una declaración jurada (DDJJ) que Encaom pone a disposición haciendo click aquí.
En caso que la empresa no garantice la prestación de la PBU, los solicitantes deberán iniciar el reclamo frente a la prestadora.
Si persiste el incumplimiento, las y los beneficiarios podrán enviar el formulario online informativo, el cual no reviste carácter de trámite o reclamo oficial, sino de declaración informativa para el seguimiento de la solicitud.
Jubilados y monotributistas: ¿quiénes pueden acceder al beneficio?
- Jubilados y pensionados con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos.
- Trabajadores en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo (AUE) y sus hijos entre 16 y 18 años.
- Pensiones no contributivas (PNC) con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos.
- Monotributo Social.
- Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
- Beneficiarios de seguro de desempleo.
- Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.
- Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.
- Personas que se encuentren desocupadas.
- Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales.
- Clubes de Barrio y de Pueblo.
- Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
- Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218.
0 Comentarios